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10 de Febrero, 2010 · Derecho Laboral

Derechos y deberes del trabajador

Derechos y deberes del trabajador

La mayoría de las facultades y obligaciones del trabajador y empleador en el contrato laboral pueden calificarse como derecho y deber, pues a cada obligación de una de las partes le corresponde un derecho de la otra, y viceversa.

Derechos

Entre los principales derechos del trabajador encontramos:

· A percibir la remuneración.

· A que se le garantice la ocupación efectiva de acuerdo con su calificación o categoría personal.

· A recibir igual trato en identidad de situaciones y circunstancias.

· A la promoción profesional, y a la formación y capacitación en el trabajo.

A recibir el goce íntegro y oportuno de los beneficios que le acuerdan las leyes, estatutos especiales, convenciones colectivas del trabajo y sistemas de seguridad social.

· A cuestionar dentro de los 30 días corridos de notificado las medidas disciplinarias aplicada por el empleador.

· A recibir seguridad y protección cuando se aloja en el establecimiento, y vivienda digna y alimentación adecuada, cuando estas obligaciones son asumidas por la empresa.

·A recibir constancia escrita del cumplimiento por el empleador de los aportes y contribuciones a los organismos de la seguridad social y sindicales, y certificado de servicios y remuneraciones al extinguirse el contrato por cualquier causa.

· A ser protegido en su salud dentro del ámbito laboral (deber del empleador de prevención y seguridad).

· A ser resarcido de todo daño sufrido en su persona y bienes.

· A que se le reconozca la propiedad de sus invenciones y descubrimientos  personales.

Deberes

Entre los principales deberes del trabajador podemos mencionar:

· Obrar de buena fe, ajustando su conducta a lo que es propio de un buen trabajador.

· Obedecer y respetar las facultades del empleador de organizar económica y técnicamente el trabajo y la empresa, y su derecho a dirigirlo.

· Aceptar los cambios que introduzca el empleador relativos a la forma y modalidades de la presentación del trabajo, en tanto no sean irrazonables ni causen perjuicio material ni moral al trabajador.

· Respetar las facultades y medidas disciplinarias del empleador, sin perjuicio del derecho del trabajador a cuestionar su procedencia, tipo o extensión.

· Respetar los sistemas de controles personales, siempre que se practiquen con discreción y salvaguarden la dignidad del trabajador.

· Prestar el servicio con puntualidad, asistencia regular y dedicación adecuada a las características de su empleo y a los medios instrumentales que se le provean.

 

publicado por abogadawa a las 23:27 · 15 Comentarios  ·  Recomendar
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Comentarios (15) ·  Enviar comentario
hola mi consulta es la siguiente tiene mi empleador la olbligacion de entregarme los elementos de seguridad.. soy repartidora y debo andar en moto pero mi empleador dice que debo comprar mi casco e implementos. necesito que me contesten y con quien puedo reclamar sin que sea vea afectada mi seguridad en la empresa ni castigos ya que como tengo contrato part time el castigo que nos dan es disminuirnos las horas desde ya muchas gracias
publicado por loreto, el 01.05.2010 15:08
Hola Loreto:

Antes de responderte, necesito saber si la motocicleta es de tu empleador o de tu propiedad y si uno de los requisitos de tu contratación era que tuvieras una para realizar los repartos.
Con esta información podremos ver como seguir el tema.

Cordiales saludos

Dra. Adriana Walter
publicado por Dra. Adriana Walter, el 04.05.2010 11:21
hola voy a hacer año en una empresa ganadera .Me han hecho un contrato por tres meses y me lo han ido prorrogando ,sin darme de baja .Ahora me queda un mes para hacer mi primer año,¿me gustaria saber si me corresponden vacaciones?.gracias
publicado por juan, el 01.06.2010 16:27
Mi consulta es: actualmente estoy laborando en centro de depilación, se manejan contratos con los clientes antes de aplicar cualquier tratamiento, el cliente no queria firmar nada y mi patron accedio. Cuando realizo la depilacion al cliente, éste resulta quemado, por lo cual mi patron no le cobra nada para que el cliente no demande. Pero a cambio, me lo quiere descontar de mi salario. ¿Qué procede en estos casos? ¿Cómo me puedo amparar?
Gracias.
publicado por MARITZA, el 28.07.2010 12:09
Buenas Tardes o Buenas Noches segun corresponda:

Mi consulta es la siguiente: Hace mes y medio vengo reclamando mi certificacion de servicios ya que he renunciado a los mismos, y me vienen estirando la entrega. Puedo iniciar acciones legales e intimarlos a que me lo entreguen? ya han pasado los 30 dias habiles.
publicado por Martin, el 19.02.2011 09:53
hola que tal tengo una consulta, hace 3 años que trabajo en negro para una empresa de seguridad, nunca firmé un contrato y tengo 33 años, me preocupa el tema el tema de los aportes y obra social medica, el dueño dice que no está en condiciones de ponerme en blanco y por ahora tampoco accedió a pagar un monotributo tampoco, el tema de vacaciones pagas no las puede cubrir por el mismo motivo de las anteriores (según el la situación economica). ahora trajo una clausula para que firme que entre otras cosas dice: "en caso de renuncia por decisión propia, la empresa evaluará el tiempo de trabajo y rendimiento, interpretando que el acuerdo no es como si fuera despido sin causa".
mi consulta es sobre que debo hacer, si firmar la clausula pero a su vez reclamar antes que mejore las condiciones y pago (me está pagando $1500 xmes y trabajo 4 turnos semanales de 12hs)o que otra cosa podría hacer porque pasa el tiempo y no cambia para mejor, pero si propone mas obligaciones y ahora esta clausula, muchas gracias
publicado por nieto juan manuel, el 05.04.2011 02:18
porq ue no esta completo
publicado por cande, el 11.04.2011 18:36
porq ue no esta completo
publicado por cande, el 11.04.2011 18:36
porq ue no esta completo
publicado por cande, el 11.04.2011 18:36
q chivo va vs
publicado por 41465, el 18.06.2011 14:12
q chivo va vs
publicado por 41465, el 18.06.2011 14:13
Buen dia Dra mi consulta es acerca de un accidente de trabajo que mi esposo sufrio en la empresa en la cual labora desde el 4 de julio de 2012 y hasta hoy 2 de octubre aun se encuentra con licencia en el accidente se afecto el hueso y el tendon del dedo pulgar de la mano derecha le han realizado dos cirugias y hasta el momento el dedo no tiene movimiento el se encuentra en terapias para recuperar el movimiento del dedo pero como lo menciono anteriormente no hay ninguna reaccion positiva y cuando el consulta que si va a poder recuperar la movilidad solo le extienden la licencia y le envian mas terapias, por otra parte aseguradora se esta haciendo cargo del pago de las licencias pero en caso de que no recupere el movimiento del dedo que debemos hacer a donde debemos acudir?.
Agradezco de antemano su pronta respuesta.
cordialmente LAURA RINCON
publicado por laura rincon, el 02.10.2012 17:41
este accidente de trabajo se dio en la ciudad de santiago de chile
publicado por Laura rincon, el 02.10.2012 17:48
Mi consulta estría relacionada con los niños en los lugares de trabajo de los padres.

1) La LEY autoriza llevar los niños al trabajo de los adultos.
2) Por un tema de Seguridad, se puede prohibir de que empleados lleven niños al trabajo. (Vasta con modificar el Reglamento Interno de la Empresa).

Mi preocupación, es si estando el niño en dependencias de la empresa y sufre un accidente. Por lo que posteriormente dicha empresa será la responsable de la integridad del niño.
Que hacer en este caso, para no transformar la empresa en guardería infantil.

Muchas gracias
publicado por Ulises Gajardo Hurtado, el 24.02.2014 12:24
Mi consulta estaría relacionada con los niños en los lugares de trabajo de los padres.

1) La LEY autoriza llevar los niños al trabajo de los adultos.
2) Por un tema de Seguridad, se puede prohibir de que empleados lleven niños al trabajo. (Vasta con modificar el Reglamento Interno de la Empresa).

Mi preocupación, es si estando el niño en dependencias de la empresa y sufre un accidente. Por lo que posteriormente dicha empresa será la responsable de la integridad del niño.
Que hacer en este caso, para no transformar la empresa en guardería infantil.

Muchas gracias
publicado por Ulises Gajardo Hurtado, el 24.02.2014 12:25
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